domingo 15 de marzo de 2026

Habilitaron a Jorge Macri para ser precandidato a jefe de Gobierno porteño

La resolución determinó que el actual ministro porteño "cumple con los requisitos estipulados en el artículo 97 de la Constitución local para postularse al cargo de jefe de Gobierno".

4 de julio de 2023 - 16:45
El Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires habilitó este lunes a Jorge Macri para ser precandidato a jefe de Gobierno porteño por Juntos por el Cambio (JxC) por considerar que cumple con los requisitos legales, tras rechazar las impugnaciones que cuestionaban su postulación y ponían en duda las condiciones de domicilio y residencia para participar en los comicios.

La resolución firmada por los jueces Roberto Requejo, Romina Tesone y Rodolfo Ariza Clerici determinó que Macri, actual ministro de Gobierno porteño, "cumple con los requisitos estipulados en el artículo 97 de la Constitución local para postularse al cargo de Jefe de Gobierno".


Ese artículo dice que "para ser elegido se requiere ser argentino, nativo o por opción; tener treinta años de edad cumplidos a la fecha de la elección; ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección; y no encontrarse comprendido en algunas de las inhabilidades e incompatibilidades previstas para los legisladores".


De esta manera, el Tribunal Electoral, recientemente conformado, desestimó las tres impugnaciones a la precandidatura de Macri presentadas la semana pasada por Vanisa Biasi, del Frente de Izquierda; Eugenio "Nito" Artaza y Juan Pablo Chiesa, de Aptitud Renovadora, tras el cierre de listas del 24 de junio.


En el caso de Biasi, observó que Macri no satisfacía "las exigencias contempladas en la norma constitucional en la medida en que nació en la ciudad de Tandil" y señaló que "fue electo intendente de Vicente López, en 2011, 2015 y 2019, cuando manifestó dar cumplimiento con el requisito de residencia de un año en el distrito".


En su resolución de 14 carillas, a la que accedió Télam, el Tribunal Electoral desplegó una extensa argumentación en la que distinguió conceptos como lugar de nacimiento, domicilio y residencia, entre otros puntos.

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